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Entendiendo la Exención 601A por Presencia Ilegal

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¿Qué Es la Exención I-601A?

Cuando usted viola los términos de su visado de no inmigrante permaneciendo en EE.UU. más allá del tiempo aprobado, su presencia en el país se convierte en ilegal.

Su presencia ilegal en EE.UU. puede ser un obstáculo para sus futuros planes de inmigración, ya que le convierte en inadmisible para entrar posteriormente en EE.UU. o permanecer allí legalmente.

Pero hay una salida. Si tienes un familiar directo, como uno de tus padres o tu cónyuge, que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente, o si reúnes los requisitos para obtener un visado de inmigrante, puedes solicitar una dispensa provisional de inadmisibilidad mediante el formulario de inmigración 601A. Esta exención le permite salir en los Estados Unidos. y regresar a su país para completar el proceso de solicitud de visado de inmigrante sin más sanciones.

El proceso de solicitud de la dispensa provisional por presencia ilegal 601A puede ser complejo. Esta guía proporciona información genérica sobre la exención y su funcionamiento para facilitarle las cosas. Si se queda atascado, recuerde que todavía puede obtener ayuda de un abogado de inmigración con experiencia en Los Ángeles.

¿Quién Puede Solicitar la Exención I-601A?

Antes de solicitar la exención I-601A, confirme que cumple estos requisitos principales;

Usted está físicamente presente en los EE.UU.

  • Tener al menos 17 años
  • Ha iniciado el proceso de obtención de un visado de inmigrante. Para cumplir esta condición, debe haber ocurrido alguna de las siguientes situaciones:
  • Se ha aprobado a su favor una petición de inmigrante por motivos familiares o laborales, y usted ha pagado la tasa de tramitación del visado de inmigrante.
    • Su cónyuge o progenitor es el beneficiario principal de una petición de inmigrante aprobada y ha pagado la tasa de tramitación del visado.
    • Usted, su cónyuge o su(s) progenitor(es) han sido seleccionados por el Departamento de Estado (DOS) para un visado en el marco del programa de visados de diversidad.
    • Usted considera que es inadmisible en EE.UU. porque ha permanecido ilegalmente en EE.UU. entre 180 días y un año o más de un año en una sola estancia.
  • Su inadmisibilidad en los EE.UU. causará dificultades extremas a su familiar que reúne los requisitos, es decir, su progenitor o cónyuge que sea ciudadano estadounidense o residente permanente.
  • Aunque estos son los requisitos principales, hay otras condiciones que puede que tenga que cumplir para optar a esta exención. A veces, estas condiciones varían en función de cada solicitante. Puede que necesite que un abogado de inmigración determine los requisitos específicos de su caso para que pueda empezar el proceso con buen pie.

Puede que no reúna los requisitos para esta exención si está en proceso de expulsión. Pero puede haber vías alternativas que le ayuden a permanecer en EE.UU. o a conseguir una entrada legal posterior. Obtenga ayuda de un abogado de inmigración para que le ayude a determinar los siguientes pasos si esta es su situación.

El Proceso de Solicitud de la Exención I-601A

El proceso de solicitud comienza cuando usted presenta el formulario I-601A proporcionado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Es un formulario de 12 páginas; debe rellenar y presentar todas las páginas. También debe firmar el formulario en el espacio previsto para ello. De lo contrario, su solicitud será rechazada.

La exención I-601A es una solicitud independiente. No puede solicitar la exención junto con ninguna otra exención, petición o solicitud de beneficios de inmigración. Si lo hace, el USCIS rechazará su solicitud.

Documentos Justificativos Del Formulario I-601A

Necesitará ciertos documentos para probar la información que ha rellenado en su formulario. Entre ellos se incluyen los siguientes:

  • Su notificación de aprobación del visado de inmigrante o la prueba de su selección para el programa de visados de diversidad, dependiendo de cuál sea aplicable
  • El recibo de la tasa de visado de inmigrante del DOS si solicita el visado como familiar directo de un ciudadano estadounidense o residente permanente o si su solicitud se basa en el empleo.
  • Pruebas que demuestren su parentesco con el familiar que reúne los requisitos (si procede)
  • Pruebas de que su inadmisibilidad causaría dificultades extremas a sus familiares directos (si procede)
  • Pruebas de que su entrada inicial en EE.UU. fue legal
  • Cualquier otra prueba que demuestre por qué los funcionarios del USCIS deben ejercer su discreción a su favor y usted debe ser eximido de la inadmisibilidad.

Una vez que tenga todos los documentos necesarios, envíelos por correo junto con el Formulario I-601A cumplimentado a las instalaciones del USCIS en Chicago después de pagar la tasa de presentación.

¿Qué Ocurre Después de Presentar El Formulario I-601A?

Una vez que el USCIS reciba su formulario, usted recibirá un aviso para una cita biométrica en un Centro de Apoyo de Solicitudes (ASC). Usted debe asistir a esta cita; de lo contrario, su solicitud puede ser cancelada.

El USCIS también puede solicitarle más información o invitarle a una entrevista física. Por lo tanto, deberá permanecer en el país hasta que finalice el proceso.

Una vez que dispongan de los datos pertinentes, el USCIS estudiará su solicitud y le notificará su decisión por escrito.

Aprobación de la Exención

Si el USCIS aprueba la exención, deberá regresar a su país para continuar con la solicitud de su visado de inmigrante. De lo contrario, la exención no surtirá efecto.

Esta aprobación no es una garantía de que su solicitud de visado de inmigrante vaya a tener éxito, simplemente le concede la oportunidad de solicitar un visado. Por lo tanto, también deberá cumplir los requisitos de ese procedimiento.

Además, la aprobación de la exención no le concede un estatus migratorio legal ni beneficios. Por lo tanto, volver a entrar en EE.UU. antes de recibir un visado de inmigrante anulará la exención.

Denegación de la Exención

Si le deniegan la solicitud, no puede presentar un recurso ni una petición de reconsideración. Sin embargo, puede presentar un nuevo formulario I-601A. También puede regresar a su país para continuar con el proceso de solicitud del visado de inmigrante y solicitar desde allí la exención I-601.

¿Es Revocable la Exención I-601A?

Las exenciones provisionales por presencia ilegal pueden ser revocadas por varias razones, entre las que se incluyen las siguientes:

  • El DOS finaliza el proceso de solicitud de visado de inmigrante
  • El USCIS revoca la petición de visado de inmigrante aprobada, que es la base de su visado de inmigrante
  • El funcionario consular determina que usted no es elegible para el visado de inmigrante por cualquier motivo durante su entrevista para el visado
  • Vuelve a entrar o intenta volver a entrar ilegalmente en EE.UU.

Si le revocan la exención, puede presentar una nueva solicitud I-601A. También podría presentar la solicitud de exención general (Formulario-I-601) después de solicitar un visado de inmigrante y asistir a su entrevista de visado de inmigrante en el extranjero. El USCIS es libre de iniciar los procedimientos de expulsión en su contra en este punto, por lo tanto, es necesario actuar con rapidez para no poner en peligro sus posibilidades de éxito aún más.

Obtenga Ayuda de Un Abogado de Inmigración en Las Oficinas Legales de Christopher Chaney

Podría ser un reto para navegar por el proceso de solicitud de exención I-601A con éxito debido a los numerosos requisitos y condiciones.

Con nuestro amplio conocimiento de la ley de inmigración y la experiencia, podemos ayudar a hacer el proceso más fácil, ya que ya estamos familiarizados con los requisitos de solicitud.

No dude en ponerse en contacto con nosotros si tiene alguna duda sobre la I-601A o cualquier otro proceso de exención o de inmigración. Permítanos ayudarle a identificar y explorar soluciones prácticas para sus problemas de inmigración.

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